viernes, 15 de junio de 2012

ACTIVIDADES CLASIFICADAS

Hoy se publican dos normas de interés en el Boletín Oficial de Canarias número 117 de 15 de junio de 2012:

El Decreto 52/2012, de 7 de junio, por el que se establece la relación de actividades clasificadas y se determinan aquéllas a las que resulta de aplicación el régimen de autorización administrativa previa.

En el apartado 1 del nomenclátor que aparece en el anexo de este Decreto pueden consultar la relación de actividades que se consideran clasificadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, por ser susceptibles de ocasionar molestias, alterar las condiciones de salubridad, causar daños al medio ambiente o producir riesgos para las personas o para las cosas.

Por otro lado, en el apartado 2 del anexo del Decreto aparecen las actividades que siguen sujetas al régimen de autorización administrativa previa, es decir, para las que se requerirá obtención de licencia previa para la instalación, traslado y modificación sustancia de los establecimientos en los que se desarrollen.

Y el Decreto 53/2012, de 7 de junio, por el que se regulan los requisitos y el procedimiento aplicable al régimen de comunicación previa en material de actividades clasificadas.

En este Decreto se detallan los requisitos y el procedimiento de comunicación previa aplicable a la instalación y apertura, puesta en marcha o inicio de actividades clasificadas, así como su traslado, modificación de clase de actividad y modificación sustancial de estas actividades.

Consulta las normas en:

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